PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS BÁSICOS
PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS BÁSICOS
Los principios básicos en torno a los cuales se articula cualquier presupuesto general aplicable a una Administración, son los siguientes:
Principio de competencia Auxiliares Administrativos del Estado
Podemos establecer que las competencias para el examen, enmienda y aprobación de los presupuestos corresponden al Poder Legislativo, debido a que los presupuestos deben ser aprobados por ley, ya que existe una reserva generalizada en todas las Comunidades Autónomas, y por supuesto, en el ámbito de la Administración estatal.
Así, los presupuestos alcanzan el rango de ley formal y material a todos los efectos.
Sin embargo debemos hacer notar que el Tribunal Constitucional ha establecido en reiteradas sentencias que las leyes de presupuestos tienen una función específica y constitucionalmente definida, que es la aprobación de los presupuestos generales, incluyendo en ellos la totalidad de los gastos e ingresos del sector público, así como también la consignación del importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos. Por tanto no tienen, ni pueden tener ningún otro contenido.
De todo lo dicho extraemos una conclusión: las leyes de presupuestos no pueden contener materias extrañas a la disciplina presupuestaria, puesto que ello supondría una restricción ilegítima de las competencias del poder legislativo.
Para completar las leyes generales de presupuestos, es práctica política común la aprobación de otra ley, la denominada “ley de acompañamiento de los presupuestos generales”, pero debe quedar claro desde aquí que esta ley no forma parte de la estructura de la ley de presupuestos generales.
Es, al contrario, una norma que pretende complementar las leyes de presupuestos y constituir, con éstas, una unidad de acción racional para el cumplimiento de los objetivos de política económica, razón que justifica que se tramite simultáneamente con las leyes de presupuestos generales.
La ley de presupuestos generales, no tiene un rango jerárquico diferenciado de la ley ordinaria, puesto que para su aprobación no son necesarias mayorías cualificadas, si no que es suficiente con la aprobación a través de una mayoría simple.
Por tanto, extraemos dos consecuencias:
• La competencia para la aprobación de la ley de presupuestos corresponde al poder legislativo, es decir al Parlamento, mediante ley ordinaria. Devonn
• La competencia para la elaboración del anteproyecto y proyecto de ley de presupuestos y la competencia para ejecutarlo, corresponde al Poder Ejecutivo, es decir al Gobierno y a la Administración.
Este principio, hace referencia a que el ejercicio presupuestario coincide con el año natural (del 1 de Enero al 31 de Diciembre).
A éste ejercicio presupuestario serán imputables:
• Los derechos liquidados durante el mismo año, independientemente del periodo de su devengo.
• Las obligaciones reconocidas correspondientes a cualquier tipo de gastos efectuados antes de concluir el ejercicio presupuestario con cargo a los créditos respectivos.
Principio de unidad
El principio de unidad en su enunciado jurídico establece que los presupuestos contienen la totalidad de la previsión de los gastos e ingresos de la Administración que los elabore y de todos los organismos y entidades dependientes de ella y es también un principio contenido en la Ley General Presupuestaria, que sirve de norma supletoria para el derecho presupuestario autonómico y que por tanto, es aplicable en este extremo también.
Principio de universalidad
El principio de universalidad se concreta en el mandato de que los derechos ya liquidados y las obligaciones reconocidas deben aplicarse a los presupuestos por su importe íntegro.
De esta forma, y salvo que una ley autorice de modo expreso lo contrario, queda prohibido atender obligaciones mediante la minoración de los derechos a liquidar o ya liquidados.
Principio de control presupuestario y publicidad
Hace referencia a los mecanismos de control que se establecen para fiscalizar los actos derivados de la actividad presupuestaria.
Este control se articula de diferentes maneras.
Según el órgano que lo realiza puede ser:
• Interno, principalmente a través de la Intervención.
• Externo a través de organismos dependientes del Poder Legislativo, (Tribunal de Cuentas).
Según la manera en que se realiza, el control puede versar sobre la eficacia de la gestión, la comprobación de los gastos realizados, e incluso se realiza políticamente, el control de la oportunidad del gasto y la afectación del mismo.
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